Legisladora, Sigrid Bazán, presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso respalda el D.S. N° 001-2022-tr – tercerización.

Agencia Peruana de Noticias PRENSAPERU.PE https://prensaperu.pe Twitter: @prensaperupe El pasado 23 de febrero del presente año se publicó en el Diario el Peruano el Decreto Supremo N° 001-2022-TR, mediante el cual se modificó el Decreto Supremo N° 006-2008-TR, Reglamento de la Ley N° 29245 y del Decreto Legislativo N° 1038, que regulan los servicios de tercerización.

Desde su publicación, se ha iniciado desde diversos frentes acciones en contra del referido decreto, argumentándose -equivocadamente- que el mismo resulta ilegal y se configura como una barrera burocrática.

Al respecto, Sigrid Bazán Narro, la presidenta de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, señala que, en nombre del compromiso asumido con los sindicatos y trabajadores por la defensa y respeto de sus derechos, respalda plenamente el referido decreto supremo, por los siguientes motivos:

El artículo 2 de la Ley 29245 dispone que “se entiende por tercerización la contratación de empresas para que desarrollen actividades especializadas u obras (…)”. De esta forma, el ámbito de la tercerización se encuentra restringida a actividades especializadas o que requieren de conocimientos y procedimientos técnicos específicos y, también, a obras que son encargos concretos, delimitados en el objeto y en el tiempo de ejecución. En ese sentido, lo dispuesto en Decreto Supremo N° 001-2022-TR desarrolla lo ya dispuesto en la Ley 29245 y no la contraviene.

El Decreto Supremo N° 001-2022-TR prohíbe la tercerización en actividades nucleares, evitando de esta forma el abuso del derecho. En efecto los trabajadores de las contratistas poseen condiciones económicas y de trabajo inferiores comparadas con las de los trabajadores de las empresas principales.

Finalmente, el Decreto Supremo N° 001-2022-TR permite que las empresas principales se responsabilicen directamente de sus actividades, logrando de esta menara que mejoren su funcionamiento en el mercado.

Tratar de dejar sin efecto el Decreto Supremo N° 001-2022-TR implicaría un grave retroceso en la protección de los derechos socio laborales de los trabajadores. Los derechos de los trabajadores no son barreras burocráticas, ¡los derechos laborales se respetan!, puntualizó el despacho congresal de la legisladora Sigrid Bazán Narro.

Fuente: Agencia Peruana de Noticias PRENSAPERU.PE https://prensaperu.pe Twitter: @prensaperupe

English translation
Legislator, Sigrid Bazán, president of the Labor and Social Security Commission of Congress supports the D.S. N° 001-2022-tr – outsourcing.

Peruvian News Agency PRENSAPERU.PE https://prensaperu.pe Twitter: @prensaperupe On February 23 of this year, Supreme Decree No. 001-2022-TR was published in the Diario el Peruano, through which modified Supreme Decree No. 006-2008-TR, Regulation of Law No. 29245 and Legislative Decree No. 1038, which regulate outsourcing services.

Since its publication, actions against the aforementioned decree have been initiated from various fronts, arguing -wrongly- that it is illegal and is configured as a bureaucratic barrier.

In this regard, Sigrid Bazán Narro, the president of the Labor and Social Security Commission, points out that, in the name of the commitment assumed with the unions and workers for the defense and respect of their rights, she fully supports the aforementioned supreme decree, for the following reasons:

Article 2 of Law 29245 provides that “outsourcing is understood as the contracting of companies to develop specialized activities or works (…)”. In this way, the scope of outsourcing is restricted to specialized activities or those that require specific technical knowledge and procedures and, also, to works that are specific commissions, delimited in the object and in the execution time. In this sense, the provisions of Supreme Decree No. 001-2022-TR develops what is already provided in Law 29245 and does not contravene it.

Supreme Decree No. 001-2022-TR prohibits outsourcing in nuclear activities, thus avoiding the abuse of the right. In effect, the workers of the contractors have inferior economic and working conditions compared to those of the workers of the main companies.

Finally, Supreme Decree No. 001-2022-TR allows the main companies to be directly responsible for their activities, thus achieving to improve their operation in the market.

Trying to annul Supreme Decree No. 001-2022-TR would imply a serious setback in the protection of workers’ social and labor rights. Workers’ rights are not bureaucratic barriers, labor rights are respected!, pointed out the congressional office of legislator Sigrid Bazán Narro.

Source: Peruvian News Agency PRENSAPERU.PE https://prensaperu.pe Twitter: @prensaperupe

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